Impuestos que pagar al heredar una vivienda

Impuesto de sucesiones

Este impuesto, es uno que contribuye en todas las herencias pero no solo respecto a viviendas. Solamente por la obtención de esta herencia debemos abonar el impuesto.

Lo regulan las Comunidades Autónomas, significa que cada una establece sus normas como mejor consideran. Es por esta razón que las diferencias para heredar en cada una son notables.Estamos hablando de un impuesto que es “progresivo”, esto significa que cuanto más valor tengan los bienes, más deberemos pagar posteriormente.

Sin embargo, cuando este impuesto se paga por el inmueble, puede haber una reducción. Es por eso que tiene que ser la residencia habitual del causante y sólo ellos son los beneficiarios inmediatos, es decir, consorte, progenitores o sucesores.

Para la acreditación, se ha de hacer en la misma comunidad autónoma donde la persona difunta poseía su residencia, se dispone de 6 meses para su liquidación pudiendo hacer una prórroga de hasta 1 año.

Plusvalía municipal

Se trata de una herencia donde también encontraremos el controvertido impuesto territorial municipal, comúnmente conocido como plusvalía municipal.

Ya sabemos que esta contribución depende en parte de los ayuntamientos locales y grava el incremento de valor del inmueble desde que se adquiere hasta que se transmite a otro dueño. De este modo se debe pagar cuando se transmite una vivienda, también al haberla heredado o recibido por donación.

La parte más importante en una herencia, debe pagarla el heredero abonando el impuesto, dispone de 6 meses pudiendo ser ampliable a 1 año.

De todas formas, ciertos ayuntamientos presentan bonificaciones o reducciones de la plusvalía municipal. Lo que se debe tener presente para presentar tal rebaja, es la ubicación y el valor catastral del inmueble. Por ejemplo, si no ha pasado un año desde la adquisición del inmueble y la defunción no se paga.

Impuesto después de la herencia

Al recibir una vivienda en herencia, solamente tienes que pagar 2 impuestos: El de Sucesiones y Plusvalía Municipal. Este inmueble puede ser nuestra residencia más frecuente, podemos venderla, alquilarla o solamente mantenerla como dominio, pero desocupada. En todos los casos, tenemos que abonar impuestos sobre ello.

  • Tener tu vivienda habitual.  Ante una situación así el impuesto que se debe abonar es el IBI (Impuesto sobre Bienes Inmuebles)
  • La venta de una herencia. Este trata de una transmisión patrimonial, en este caso se deberá tributar el IRPF con fines de lucro. Su cálculo es sencillo y se realizará de la siguiente manera: La diferencia entre el importe de adquisición y venta.
  • Renta del inmueble. Como sucede con las rentas: Los ingresos del trabajo deben tributar en el IRPF. La buena noticia es que si lo paga el propietario, se pueden descontar costes como el IBI, los gastos de basura, los costes comunitarios o las facturas.

Conservar la vivienda vacía. Aunque poseas una propiedad la cual se encuentra en desuso, se deben abonar ciertos impuestos de todas maneras. Hacienda comprende que con esa clase de propiedad se puede conseguir capital aunque no se pague. Es por ello que al IBI obligatorio se debe sumarle el impuesto de “imputación de rentas inmobiliarias”, aplica para los inmuebles que no son habituales por posibilidad de generar ingresos externos. Por tanto, se tiene que computar para el IRPF.

Alternativas para hacer frente al pago

  • La herencia de una casa no siempre es económica y de hecho no suele serlo. Depende del lugar o de la situación y además puede resultar un notable desembolso. Por otra parte, si los impuestos no se pueden realizar con un solo pago, existen alternativas que serán de ayuda para hacer el trámite económico más sencillo y llevadero, así evitar renunciar a la vivienda.
  • Una de las alternativas existentes, trata de solicitar a Hacienda un aplazamiento del pago de hasta un año o realizar el mismo por partes. Es posible solicitar la devolución de la deuda por cuotas a lo largo de 5 años. Al hacerlo no será gratuitamente, si no que deberás pagar una serie de intereses.
  • La otra opción, se trata de solicitar un préstamo a un intermediario financiero oa su banca, después de lo cual además deberá pagar beneficios.

Formulario de contacto

2 + 4 =